Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por el ciudadano SAMUEL ANTONIO OROPEZA TORRES en contra del ciudadano JESUS ANTONIO BARRETO RODRIGUEZ, ambas partes identificadas en autos, cuya acción fue fundada en los literales "a, b, c, y b" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, con relación al inmueble ubicado en la Calle Urdaneta Nº 314, frente a la Escalera "V", Mirador del Este, Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda..
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente fallo, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la sentencia conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Habiendo sido d.....