Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al penado: DUQUE CORDERO JUAN CARLOS, titular de la cédula de identidad N° V-13.127.539, LA MEDIDA DE PRE-LIBERTAD DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, de conformidad a lo establecido en el artículo 67 de la Ley de Régimen Penitenciario.