DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia En Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve de oficio REVOCAR la Medida de Libertad Condicional, que como fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena fue acordada por este mismo Tribunal al penado SEGURA PÉREZ HECTOR JOSÉ, en fecha 09 de Enero del año 2006, como consecuencia de ello se ordena librar boleta de encarcelación a nombre del referido penado y junto con oficio remitirla a la Dirección de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para que proceda a su inmediata aprehensión y traslado al Internado Judicial Capital Rodeo I, a los fines de que continúe cumpliendo la pena que le fue impuesta, y ejecutada como sea la captura del referido penado, notifique lo.....