DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expresadas este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SANCIONA AL ADOLESCENTE: (IDENTIDAD OMITIDA), por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, y se le condena a cumplir en cuanto al ciudadano: (IDENTIDAD OMITIDA), quien para el momento de los hechos contaba con trece años de edad, le impone la sanción de seis (06) meses de semilibertad y seis (06) meses de libertad asistida, para un total de un(1) año de sanción, conforme a los artículos 620 literales e y d, en concordancia con los artículos 627 y 626 todos de la ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes. En cuanto al joven (IDENTIDAD OMITIDA), se le impone la sanción de un (1) año y seis (06) meses de libertad asistida y seis 6 meses de se.....