Se dicto sentencia definitiva mediante el cual este juzgado declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE ARQUIDES LACRUZ TORO y PASTORA MARGARITA MEDINA, el 15 de enero de 1982, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, Departamento Libertador del Distrito Federal, asentado bajo el Acta Nº 3, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1982.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Regristo Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal Civil del Distrito Capital; así como a la Oficina Nacional (Distrito Capital) de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE), anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada definitivamente firme, ordenada su ejecución y cu.....