PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de amparo constitucional interpuesto por los Abogados ALEJANDRO RODRIGUEZ y ANA FELICIA LORCA, inscritos en el Inpreabogado N° 30.354 y 215.064, a petición de las ciudadanas MARILYN TAMAL SEVILLA y MÓNICA NORIA CISNEROS, venezolanos, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.536.384 y V- 11.412.683, en fecha diez (10) de Febrero de 2016, contra la decisión dictada en data primero (01) de febrero de 2016, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de Protección, por las razones de hecho y de derecho que expuestos en la motiva del fallo. Y así se estable. SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada en fecha primero (01) de febrero de dos mil dieciséis (2016), por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. Y así se estable.
Publíquese y regístrese.-