-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulado por el ciudadano EMILYS ALEJANDRA YEPEZ CARBILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-16.496.455, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos EMILYS ALEJANDRA YEPEZ CARBILLO y ALI AZAEL ITRIAGO CARRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.496.455 y V-10.349.835, respectivamente, en fecha 24 de noviembre de 2010, ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 247 y su vto, asentada en el libro de matrimonios correspondien.....