En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Vigésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano FRANKLIN MANUEL GONZALEZ GONZALEZ contra "INTERAMERICAN MARKETING SOLUTIONS DE VENEZUELA C.A." SEGUNDO: La demandada deberá cancelar al accionante por concepto de Prestación De Antigüedad, BS. 64.730.908,oo, por concepto de Vacaciones de 1998-99 BS. 3.036.000,oo y su respectivo bono vacacional BS. 1.180.666,67, por concepto de Vacaciones de 1999-00 BS. 3.036.000,oo y su respectivo bono vacacional BS. 1.180.666,67, por concepto de Vacaciones de 2000-01 BS. 3.036.000,oo y su respectivo bono vacacional BS. 1.180.666,67, por concepto de Vacaciones de 2001-02 BS. 3.036.000,oo y.....