Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos LUIS CIVIATO GARCIA y OSCAR ALONSO RODRIGUEZ MOLINA contra la demandada ciudadana BEATRIZ SANTODOMINGO, y consecuencialmente se ordena pagar la cantidad de Bs. 32.255.136,25 y Bs. 16.337.220,03, respectivamente, por los conceptos señalados en la motiva de este fallo, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo ordenada realizar sobre la prestación de antigüedad y por los conceptos ordenados en la parte motiva de la presente decisión.- SEGUNDO: Se ordena el pago de los intereses de moratorios, cuya determinación se realizará mediante experticia complementaria del fallo, y este último se ordena realizar sobre el monto total ordena.....