Por todo lo antes expuesto, este Juzgado aprecia que efectivamente la solicitud efectuada por CESAR ROMERO, anteriormente identificado, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual propuso el DESISTIMIENTO del presente procedimiento cumple cabalmente con los extremos legales consagrados en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le imparte su HOMOLOGACIÓN, dando por CONSUMADO el procedimiento a los efectos extintivos de la instancia. Así se Decide.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 9º de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, doce (12) de junio de 2012.- 202º y 153º
LA JUEZ
DRA. MARITZA BETANCOURT
EL SECRETARIO ACC.,
JOHN V. FERRER P.
En esta misma fecha, siendo las ____________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unida.....