este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de acción mero declarativa de concubinato interpuesta por el ciudadano José de Almeida Pereira, en contra de la ciudadana Maria Fanny Espinosa Tamayo. En consecuencia, se declara que entre los ciudadanos José de Almeida Pereira y Elba Mary Álvarez Espinosa existió una relación concubinaria desde el mes de noviembre de 1991 hasta la fecha de muerte de la ciudadana Elba Mary Álvarez Espinosa, ocurrida el día 06 de diciembre del 2011. Así se declara.-
No hay expresa condenatoria en costas toda vez que la parte demandada no manifestó su voluntad de litigar en el presente caso.