Se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el ciudadano CRUZ EVARISTO GIL, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 18 de febrero de 2.008. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia apelada y PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de DESALOJO, incoada por el ciudadano ANTONIO VENANCIO GONCALVES DE FREITAS, contra el ciudadano CRUZ EVARISTO GIL. Se condena al ciudadano EVARISTO CRUZ GIL, a desalojar y hacer la entrega material, real y efectiva a la parte actora, totalmente desocupado, libre de personas y bienes, en el mismo estado en que lo recibió, el inmueble objeto de la litis. Se condena a la parte demandada a pagarle a la parte actora, por concepto de daños y perjuicios, la cantidad de UN MIL CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES SIN CÉNTIMOS (Bs. F. 1.049,00) correspondiente a los cánones de arrendamiento de los meses de julio, septiembre, octubre, noviembre y d.....