DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 254 y 362 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue la ciudadana CARMEN COLUMBA PERERA DE NICOLIS contra el ciudadano VICENTE MORENO. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora inmueble distinguido con el Nº 502-1415, situado entre las calles Lino de Clemente y Pérez de León, Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda. TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la suma de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00), correspondientes a los cánones de arrendamientos adeudados correspondientes a los meses de Enero de 2010 hasta Febrero de 2014, a.....