Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento incoada por el ciudadano JESÚS ORLANDO RANGEL RUJANO, en contra de la demandada SEGUROS LA PREVISORA C.A., por concepto de prestaciones sociales y otros, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.- TERCERO: Se ordena notificar al Procurador General de la República de la presente decisión.- Y ASÍ SE ESTABLECE.-