PRIMERO: COMPETENTE para conocer sobre la Inhibición presentada por el abogado Karim Alejandro Mora Rodríguez, su carácter de Juez Primero Superior de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el Juez antes mencionado. TERCERO: SE ORDENA comunicar la presente decisión al Juez inhibido, dentro de la veinticuatro horas siguientes a la publicación de la presente decisión. Anexándosele copia certificada del presente fallo ya que la decisión no admite recurso alguno conforme a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CUARTO: La causa principal signada AP21-R-2023-00024, será decidida por este Juzgado Superior de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo."