Se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria Con Fuerza de Definitiva mediante la cual se Homologó la Conciliación habida entre las partes, en fecha 27 de Julio de 2009 de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil.- De conformidad con lo establecido en el artículo 277 ejusdem, no hubo condenatoria en costas.- Asimismo, se dió por terminado el expediente y se ordenó su remisión con todos sus recaudos al archivo judicial.-