-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana AIDA SHALEEZA MALDONADO AHAMAD, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 18.188.015, en representación del niño (...), de (...) años de edad, contra el ciudadano GERSON IBRAHIM CRUZ MONTOYA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.384.686, en consecuencia, se fija como nuevo concepto de Obligación de Manutención la cantidad de BOLÍVA.....