Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio Raúl Augusto Bustamante, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil Naviaduana Ant & Eli, S.A., en contra del auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha diecinueve (19) de junio de 2014, por medio del cual se pronunció en cuanto a la admisión de las pruebas promovidas por la parte actora.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha diecinueve (19) de junio de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas.
Como quiera que la decisión recurrida fue confirmada en todas sus partes, se condena en c.....