Se acredita el delito de VIOLENCI FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consta a las actas que fue atendida en medicatura forense en el folio 14, la cual arrojo lesiones leves, dos días de curación y un día de privación de labores diarias, se insta al Ministerio Público que se investigue en relación al delito de Violencia sexual a los fines de esclarecer el hecho así como exámenes vagino rectal y lo necesario de determinar dicho hecho, en cuanto al arma blanca si fue decomisada. TERCERO: Se acuerda las medidas de protección y seguridad, establecidas en el artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia; numerales 5º restringe al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, prohíbe acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida , 6º prohíbe que por sí mismo o por terceras personas realice actos de persecución, intim.....