Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Accidental de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción Posesoria por Despojo interpuesta por el abogado JOSÉ ANTONIO BAEZ FIGUEROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 71.467, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ RODRÍGUEZ DA SILVA y JOSÉ ALBERTO RODRÍGUEZ DA SILVA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.960.625 y 6.052.805, respectivamente, contra la ciudadana MAYLEN BETANCOURT, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.839.828, y en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo con el fin de establecer la tempestividad de los ciclos de producción existentes en el lote de terreno objeto del presente lit.....