PRIMERO: CON LUGAR la confesión de la demandada, ciudadana AGUSTINA MARTÍNEZ, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° E-84.336.166, de conformidad con el artículo 117 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión que por DESALOJO interpuso la ciudadana MARIOLA ARIAS PÉREZ, en contra de la ciudadana AGUSTINA MARTÍNEZ, todos identificados plenamente en el expediente. En consecuencia, se ordena a la demandada a entregar a la actora el inmueble distinguido con el N° A18-A, ubicado en la parte Noreste del piso 18 de la Torre A, de la Primera Etapa del Centro Residencial Palmita, situado en la Avenida Este 16, entre las esquinas de Las Piedras y Las Tablitas y en parte con la Calle Sur 0, entre las esquinas de Las Palmitas y Las Tablitas, Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital, libre de persona y bienes, y en las mismas buenas condicion.....