En merito a las anteriores consideraciones, ESTE TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de Octubre de 2011, por la abogada BONIS MORILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.799, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CAROLINA PABÓN DIAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.031.314.
SEGUNDO: se MODIFICA el punto primero de la decisión dictada en fecha en fecha 26 de Octubre de 2011, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Divorc.....