Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30 de mayo de 2011 por la ciudadana TERESITA VIETTRI RAMÍREZ, en su carácter de experto contable designado en la presente causa, contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de mayo de 2011, oída en ambos efectos por auto de fecha 31 de mayo de 2011, con motivo de la incidencia surgida en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana ELKIS HERNÁNDEZ MATOS en contra de la sociedad mercantil SERVICIO AUTOMOTRIZ TIUNA, C.A. .....