De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la ciudadana MARCELINA SANCHEZ DE HIGUERA, contra la Sociedad Mercantil GRAFICAS CALTRU, C.A, ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente decisión.
De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.
Se ordena la notificación de las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento.-