Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 17 de septiembre de 2012, por el abogado EUCLIDES MORENO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el 10 de agosto de 2013, por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos por auto de fecha 25 de septiembre de 2013. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: ORDENA a la parte demandada C.A. VENEZOLANA DE TELEVISION pagar a la ciudadana YUNMARY GRISETHD RODRIGUEZ, la cantidad de DOCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 12.984,00), por concepto de indemnizac.....