VII
DISPOSITIVO
Con base a los razonamiento anteriormente expuesto, Este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demandada por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana NORKA HOHEMI ALVIAREZ MARTINEZ, venezolana mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad N° 12.395.872, contra la empresa HIDROPONIAS VENEZOLANAS C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 13 de septiembre de 1972, bajo el N° 15, Tomo 118-A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas según lo establecido en el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CÚMPLASE, REGISTRASE, PUBLÍQUESE y DÉJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISIÓN.
Dada,.....