DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento UNICO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada Suheis Varela, Defensora Pública Sexta (06º) con competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, actuando en representación del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Control, de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en fecha 28 de octubre de 2016, por ser considerado irrecurrible, debido a que no se encuentra dentro de los supuestos que establece el artìculo 608 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.