En consecuencia, es forzoso para este Juzgador declarar SIN LUGAR LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN, consignada en fecha 08 de diciembre de 2016, por el ciudadano Armando José Sánchez Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 70.604, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente GRUPO 4GD C.A, y el oferido el ciudadano JOSE SUAREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad número 3.811.576, asistido por el ciudadano Leonardo Hernandez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.984.
Se deja constancia del pago realizado por la parte oferente GRUPO 4GD C.A, a la parte oferida ciudadano JOSE SUAREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad número 3.811.576, por la cantidad de ciento ochenta y nueve mil setecientos cuatro bolívares con setenta y dos céntimos (Bs 189.704,72), a través de un cheque girado contra el Banco Provincial numero 000666925