PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 15 de diciembre de 2020, y ratificada en fecha 18 de enero de 2021, por el abogado FERNANDO ENRIQUE DIAZ ARDILA en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha diez (10) de diciembre del año dos mil veinte (2.020), por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: IMPROCEDENTES LAS DEFENSAS invocadas por la representación de la parte querellada, es decir, la nulidad de la custodia del expediente, indefensión y silencio de pruebas.
TERCERO: CON LUGAR la demanda por INTERDICTO CIVIL incoada por la ciudadana SOILA MARÍA FERNÁNDEZ DE LÓPEZ contra la ciudadana SONIA MARÍA LÓPEZ COLMENARES, conforme los lineamientos establecidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
CUARTO: Queda CONFIRMADA la sentencia recurrida en apelación,.....