En razón de los precedentes considerados, este Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos de índole laboral incoase el ciudadano : MANUEL EDUARDO PRIETO BARBOZA, en contra de la demandada UNITED GOEDECKE SERVICES INC, ordenando el pago de la suma de DOSCIENTOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.F. 202.152,87), a favor del accionante, por los montos señalados en la parte motiva de la presente decisión. Así mismo se ordena el pago de los intereses sobre prestaciones, la indexación monetaria y los intereses moratorios de la cantidad condenada según los parámetros establecidos ut supra.
Dada la naturaleza del fallo.....