PRIMERO: CONDENA al ciudadano DANIEL JOSÉ CAMPOS LLOVERA, nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 03-11-1990, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-24.760.028 y residenciado en el kilómetro 14 de la Carretera Petare ¿ Guarenas, Barrio Los Trailes, Sector Los Aguacatitos, parte alta, Municipio Libertador ¿ Distrito Capital, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO tipificado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, en relación con los artículos 37 y 74 ordinal 4º Ejusdem, asimismo, se le impone de la pena accesoria prevista en el artículo 16 ordinal 1° del Código Penal, referida a la inhabilitación política por el tiempo que dure la pena impuesta, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 376 y 367 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: EXONERA al acusado al pago de las costas procesales a las cuales hace refe.....