DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). Se consideran a las observaciones presentadas en fecha 06-12-2013, por la parte actora, a la experticia complementaria del fallo dictado en la presente causa, y consignada el 29-11-2013, por el experto designado, como un reclamo contra la misma, en razón del princio pro defensa, así como tempestivo el mismo. Igualmente se ordena incluir el presente asunto en el sorteo ha realizarse el día 14-01-2014, a los fines la designación de dos (02) expertos contables para tramitar el mencionado reclamo presentado por la parte actora, en contra de la referida experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Proc.....