Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ACEPTA la competencia declinada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en sentencia de fecha 4 de agosto de 2015 y se declara COMPETENTE para decidir la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los abogados Rafael Quiñones Urbáez y Ahmed Salomón Quiñones, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 18.767 y 195.650, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Juan Manuel Castyñeyras Zapata, titular de la cédula de identidad No. 17.560.309, contra el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC).
2.- ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida y ACUERDA TRAMITAR conforme al procedimiento establecido la Sala Constitucion.....