DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 437 y 450 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho LUZ MARINA TATIS, Defensora Pública Centésima Segunda, adscrita a la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano PÉREZ GUARAMA JOSÉ ALEXANDER, en contra del pronunciamiento dictado para el momento de la audiencia para oír a los imputados, celebrado por ante el Juzgado Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 8 de Enero del presente año, mediante la cual acordó la continuación de la investigación por los trámites del procedimiento ordinario y privación preventiva de la.....