esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MIGUEL JESUS SALAZAR OSECHAS, Defensor Público Trigésimo (30°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del ciudadano LUIS ENRIQUE SANDOVAL PERALES, titular de la cédula de identidad N° V-13.383.350, en contra de la decisión dictada el 25 de noviembre de 2012, en la audiencia de presentación del aprehendido, por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad del referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de ROBO GÉNERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.
2) Se CONFIRMA el fallo impugnado.
Publíquese, diarícese y déjes.....