"...Este Tribunal se declaro INCOMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional en su modalidad de Habeas Data, interpuesta por el ciudadano LUIS SILVA, y Se declara competente para conocer del presente asunto los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de lo cual se ordena la remisión de la totalidad del expediente a la Unidad de Recepción de Documento de ese Circuito Judicial..."