Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Con lugar la solicitud formulada por el ciudadano LUIS MIGUEL LA CORTE DUBUC, plenamente identificado en autos, en cuanto a la rectificación del acta de su respectiva partida de nacimiento, inserta en fecha 12 de noviembre de 1956, con el Nº 928, en el libro de registro civil de nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Boconó del Estado Trujillo (hoy Registro Civil del Municipio Bocono del Estado Trujillo.
Segundo: Se ordena rectificar la inexactitud en los términos siguientes: donde se lee "LUIS ANTONIO LA CORTE" debe leerse: "LUIS ANTONIO LA CORTE POGGIOLI ".
Ofíciese lo conducente al Registro Civil del Municipio Bocono del Estado Trujillo, y al Registrador Principal del e.....