DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en concordancia con lo establecido en los artículos 1.907, 1.908, 1952 y 1.977 del Código Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de EXTINCIÓN POR PRESCRIPCIÓN DE HIPOTECA DE HIPOTECA LEGAL Y CONVENCIONAL DE SEGUNDO GRADO, incoada por la sucesiones LAURENTINO VALCARCEL PEREZ y JOSEFA ENRIQUE LOBELLE DE VALCARCEL, quienes en vida eran titulares de la cédulas de identidad Nº E-560.236 y E-522.932, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES BALPECA, C.A., inscrita en el registro mercantil de la circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, publicado en gaceta municipal del Distrito Federal (hoy, Distrito Capital), número 12.726 del día 01 de febrero de 1.969, representada por el ciud.....