Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano JORGE ADOLFO GARCÍA MUÑOZ contra la empresa CIBERLICA C.A., y se condena a esta última a pagar al demandante los cesta tickets correspondientes a los meses de mayo hasta diciembre de 2005, septiembre del año 2006 hasta marzo de 2007 y mayo 2007, todo inclusive, de acuerdo a lo expresado en la parte motiva de esta decisión, más los intereses de mora y la indexación, para lo cual se ordena la práctica de una experticia complementaria del fallo. Segundo: No hay condenatoria en costas, por cuanto ninguna de las partes resultó totalmente vencida, de conformidad con lo establecido.....