declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenio suscrito en la presente causa de FIJACIÓN DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoado por el ciudadano LARRY CESAR LASTRA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 11.607.398, en contra de la ciudadana MARIBEL DEL VALLE PÉREZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.293.280, en beneficio de la niña (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad); en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada material más no formal.-
b) El cual quedó establecido de común acuerdo por ambos progenitores, bajo los siguientes términos:
o Los Fines de Semana serán compartidos para ambos progenitores de manera alternada, comenzando para el próximo fin de semana 15 de mayo de 2009, el progenitor de la niña, la retirara por ante la Unidad Educativa Tilingo-Tilingo, en el Barrio Libertador, en un horario de cinco de la tarde (05:00 P.M.) el día viernes.....