PRIMERO: CONDENA al ciudadano YORMAN JESÚS GARCÍA CAYCEDO, de nacionalidad venezolana, natural del Estado Miranda, nacido en fecha 07-05-1992, de estado civil soltero, de profesión u oficio motorizado, titular de la cédula de identidad Nº V-20.491.068 y residenciado en el Barrio Unión de Petare, Calle La Ceiba, Sector Santa Rita, Callejón El Cristo, manzana Nº 519, casa 57-18, Municipio Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN tipificado en el artículo 455 del Código Penal, en relación con los artículos 37, 74 ordinal 4º, 80 y 82 Ejusdem, estableciendo como fecha provisional de cumplimiento de la pena el 09-03-2013, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo, se le impone de la pena accesoria prevista en el artículo 16 ordinales 1° y 2º del Código Penal, referidas a la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y.....