Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros beneficios laborales; incoada por el ciudadano DAVE GUERRERO SEGOVIA, titular de la cédula de identidad N° 14.728.635, en contra de la parte demandada en la presente causa, a la sociedad Mercantil CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA, C.A sucursal Venezuela, quien deberá cancelar a la parte demandante las cantidades condenadas en el presente fallo, en los términos y por los conceptos antes señalados.
SEGUNDO: Por concepto de Prestaciones de antigüedad, la cantidad de Bs. 24.907,2.
por indemnización de despido, la cantidad de Bs. 24.907,2; por concepto de vacaciones de bono vacacional, la cantidad de Bs. de Bs. 35.181,4.....