En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: NO HA LUGAR HA PRONUNCIAMIENTO ALGUNO en el Recurso de Hecho propuesto por el abogado FRANCISCO GIL HERRERA, apoderado judicial de la sociedad mercantil BOLIVAR BANCO, C.A., contra el auto del 10-11-2009, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, el cual oyó en un solo efecto la apelación ejercida contra la providencia del 28-10-2009.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y notifíquese a la parte recurrente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Noveno Civil, Mercantil y Tránsito de la Circun.....