Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara la sociedad FULL CERÁMICA SAN MARTÍN, C.A., en contra de los ciudadanos ÁNGEL ESQUEDA HENRÍQUEZ y ADULFO VÁSQUEZ, partes ya identificadas en este fallo. Así se decide.-