En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento y de la acción efectuado por la parte actora, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES sigue la Sociedad Mercantil DLM SOLUCIONES INMOBILIARIAS, C.A.,, solo en cuanto a la Sociedad Mercantil INVERSIONES BEMAR, C.A., (plenamente identificada en el encabezamiento de esta decisión), en los términos contenidos en el mismo.