declara: SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana FLOR MARIA CASTRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de las Cédula de Identidad Nº V-4.420.671 en contra de INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), inscrita por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador, en fecha 07 de diciembre de 1990, quedando anotada bajo el N° 36, tomo 34.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CÚMPLASE, REGISTRASE, PUBLÍQUESE Y NOTIFIQUESE A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y DÉJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISIÓN
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en ésta ciudad, a los trece (13) días del mes de junio de dos mil ocho (2008) Año 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
MARIEL.....