este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta la conversión en divorcio de la separación de cuerpos, existente entre los ciudadanos: MARINA EMILIA NICOL MALCANGI PROIETTI Y LUCIANO EUGENIO LANDAETA MONTES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.735.404 y V-11.309.910, respectivamente y en consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, en fecha 12 de Noviembre de 2003, el cual riela inserto bajo acta Nº 264, Tomo I, de los Libros Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho del año 2003.-