(...)este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Embargado Preventivamente los créditos, los cuales alcanzan la suma de CIENTO NOVENTISIETE MIL DOSCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON 82/100 (Bs.197.210,82), en aplicación del Artículo 593 Único Aparte del Código de Procedimiento Civil.(...)