Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: UNICO: HOMOLOGA, el desistimiento de la apelación propuesto por el abogado Nieves Díaz, en fecha 30 de mayo de 2012, en la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Francisco Bermúdez Alcalá contra la empresa Inversora Inkobe, C.A., confirmándose consecuencialmente la decisión recurrida.