el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento, le imparte su aprobación y la HOMOLOGA en toda y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En este acto se hace entrega a las partes las pruebas promovidas en su oportunidad. Finalmente se da por terminado el presente asunto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman: